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Congregación para
el Clero es la nueva denominación dada por Pablo VI a
la "S. Congregación del Concilio",
con la Const. Apost. Regimini Ecclesiae Universae del 15 agosto
de 1967. La historia de esta Congregación se enlaza con
aquella S. Congregatio Cardenalium Concilii Tridentini interpretum,
instituida por Pio IV con la Const. Apost. Alias Nos del 2 de
agosto de 1564, para cuidar la recta interpretación y
observación práctica de las normas sancionadas
por el Concilio de Trento. Gregorio XIII le aumentó sus
atribuciones, y Sixto V confió a ella la revisión
de los actos de los concilios provinciales y, en general, la
tarea de promover la actuación de las reformas fijadas
por el Concilio de Trento. Sucesivamente, la tarea de interpretar
los cánones del celebre Concilio se le quitaron y la
competencia por demás amplísima de este dicasterio
pasó poco a poco a otras Congregaciones que iban surgiendo;
sin embargo, el dicasterio conservó su histórico
nombre de Sagrada Congregación del Concilio hasta el
31 de diciembre de 1967. Antes de la nueva denominación
y de las nuevas atribuciones de competencias fijadas por Pablo
VI en la citada Const. Apostólica, las tareas de la Congregación
estaban indicadas en el canon 250 del Código de Derecho
Canónico.
La competencia de la Congregación para el Clero ahora
se indica en los números 93-98 de la Constitución
Apostólica Pastor Bonus y está articulada en tres
Secciones:
1.- El Oficio Clero, recoge, sugiere y promueve
iniciativas para la santidad y la actualización intelectual
y pastoral del Clero (Sacerdotes diocesanos y Diáconos)
y para su formación permanente; vigila sobre los Capítulos
Catedralicios, sobre los Consejos Pastorales, sobre los Consejos
Presbiterales, sobre las parroquias y sobre los párrocos
y sacerdotes que ejercitan el ministerio pastoral, etc., sobre
las ofertas de las misas, sobre las pías fundaciones,
píos legados, oratorios, iglesias, santuarios, archivos
eclesiásticos y bibliotecas; promueve una más
adecuada distribución del clero en el mundo.
2.- Oficio Catequístico cuida la promoción
de la formación religiosa de los fieles de toda edad
y condición; emana las normas oportunas para que la enseñanza
de la catequesis se imparta en modo conveniente; vigila para
que la formación catequistica se lleve a cabo en el modo
correcto; concede la necesaria aprobación de la Santa
Sede para los Catecismos y Directorios emanados por las Conferencias
Episcopales; asiste a los oficios catequisticos y sigue las
iniciativas relacionadas con la formación religiosa de
carácter internacional, coordina las actividades y ofrece
las ayudas necesarias.
3.- Oficio Administrativo, es competente en
materia de conservación y administración de los
bienes temporales de la Iglesia: bienes inmuebles, tasas, tributos,
alienaciones; le compete además todo aquello que se refiere
a la congrua remuneración, la pensiones por invalidez
o vejez y la asistencia sanitaria del clero, etc.
Otras instituciones:
1.- Anexo a la Congregación para el
Clero, está el antiguo Studio, después instituido
formalmente por Benedicto XV el 28 de octubre de 1919, con el
fin de que los jóvenes sacerdotes adquieran práctica
en el ejercicio ordinario y regular de los asuntos eclesiásticos
y en la particular aplicación de las leyes canónicas
en vía administrativa.
2.- Autorizado por Paulo VI con carta del 7
de junio de 1973, ha sido agregado al Dicasterio el Consejo
Internacional para la Catequesis, que tiene como fin favorecer
el intercambio de experiencias, de estudiar los más importantes
temas catequísticos al servicio de la Sede Apostólica
y de las Conferencias Episcopales y de presentar propuestas
y sugerencias.
3.- A partir del académico 1994-95 ha
sido creado el Instituto "Sacrum ministerium" para
la preparación de la responsables de formación
permanente del clero.
4.- En el mismo año se dio inicio a
la publicación semestral de Sacrum ministerium, la Revista
editada por la Congregación. Tal publicación se
ofrece como ayuda a los Ordinarios, a los Presbiterios, a cada
uno de los sacerdotes, a los ambientes formativos del ministerio
pastoral, en el vasto ámbito de la formación permanente.
Los actuales Superiores son:
Cardenal Prefecto: S.E. Revma. El Señor Cardenal Darío
Castrillón Hoyos
Secretario: S.E. Revmo. Mons. Csaba Ternyák
Subsecretario: Mons. Antonio Silvestrelli
Subsecretario: Mons. Mauro Piacenza
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