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OPTATAM TOTIUS
(SOBRE LA FORMACIÓN SACERDOTAL)
PROEMIO
Conociendo muy bien el santo Concilio que la anhelada renovación
de toda la Iglesia depende en gran parte del ministerio de los
sacerdotes (1), animado por el espíritu de Cristo, proclama
la grandísima importancia de la formación sacerdotal
y declara algunos principios fundamentales de la misma, con
los que se confirmen las leyes ya experimentadas durante siglos,
a la vez que se introduzcan en ellas las innovaciones que responden
a las Constituciones y Decretos de este santo Concilio, y a
las renovadas circunstancias de los tiempos. Esta formación
sacerdotal es necesaria por razón de la misma unidad
del sacerdocio, para todos los sacerdotes de ambos cleros y
de cualquier rito; por tanto, estas prescripciones, que van
dirigidas directamente al clero diocesano, hay que acomodarlas
a todos con las mutaciones necesarias.
I. En cada nación
hay que establecer unas normas de formación sacerdotal
1. No pudiéndose dar más que leyes generales para
tanta diversidad de gentes y de regiones, en cada nación
o rito establézcanse "unas normas peculiares de
formación sacerdotal" que han de ser promulgadas
por las Conferencias episcopales (2), y revisadas en tiempos determinados,
y aprobadas por la Sede Apostólica; en virtud de dichas
normas, se acomodarán las leyes universales a las circunstancias
especiales de lugar y de tiempo, de manera que la formación
sacerdotal responda siempre a las necesidades pastorales de
las regiones en que ha de ejercitarse el ministerio.
II. Fomento más
intenso de las vocaciones sacerdotales
2. El deber de fomentar las vocaciones (3)pertenece a toda la comunidad
de los fieles, que debe procurarlo, ante todo, con una vida
totalmente cristiana; ayudan a esto, sobre todo, las familias,
que, llenas de espíritu de fe, de caridad y de piedad,
son como el primer seminario, y las parroquias de cuya vida
fecunda participan los mismos adolescentes. Los maestros y todos
los que de algún modo se consagran a la educación
de los niños y de los jóvenes, y, sobre todo,
las asociaciones católicas, procuren cultivar a los adolescentes
que se les han confiado, de forma que éstos puedan sentir
y seguir con buen ánimo la vocación divina. Muestren
todos los sacerdotes un grandísimo celo apostólico
por el fomento de las vocaciones y atraigan el ánimo
de los jóvenes hacia el sacerdocio con su vida humilde,
laboriosa, amable y con la mutua caridad sacerdotal y la unión
fraterna en el trabajo.
Es deber de los obispos el impulsar a su grey a fomentar las
vocaciones y procurar la estrecha unión de todos los
esfuerzos y trabajos, y de ayudar, como padres, sin escatimar
sacrificio alguno, a los que vean llamados a la parcela del
Señor. Este anhelo eficaz de todo el pueblo de Dios para
ayudar a las vocaciones, responde a la obra de la divina providencia,
que concede las dotes necesarias a los elegidos por Dios a participar
en el sacerdocio jerárquico de Cristo, y los ayuda con
su gracia, mientras confía a los legítimos ministros
de la Iglesia el que, una vez reconocida su idoneidad, llamen
a los candidatos que solicitan tan gran dignidad con intención
recta y libertad plena, y, una vez bien conocidos, los consagren
con el sello del Espíritu santo para el culto de Dios
y el servicio de la Iglesia (4).
El santo Concilio recomienda, ante todo, los medios tradicionales
de la cooperación común, como son la oración
instante, la penitencia cristiana y una más profunda
y progresiva formación de los fieles que hay que procurar,
ya sea por la predicación y la catequesis, ya sea por
los diversos medios de comunicación social, en dicha
formación ha de exponerse la necesidad, naturaleza y
excelencia de la vocación sacerdotal. Dispone además
que la obra de las vocaciones, ya establecida o por establecer
en el ámbito de cada diócesis, región o
nación, según los documentos pontificios referente
a esta materia, organice, metódica y coherentemente,
y promueva con celo y discreción toda la acción
pastoral para el fomento de las vocaciones, sirviéndose
de todos los medios útiles que ofrecen las ciencias psicológicas
y sociológicas (5).
Es necesario que la obra de fomento de las vocaciones trascienda
generosamente los límites de las diócesis y de
las naciones, de las familias religiosas y de los ritos, y,
considerando las necesidades de la Iglesia universal, ayude,
sobre todo, a aquellas regiones en que los operarios son llamados
con más urgencia a la viña del Señor.
3. En los seminarios menores, erigidos para cultivar los gérmenes
de la vocación, los alumnos se han de preparar por una
formación religiosa peculiar, sobre todo por una dirección
espiritual conveniente, para seguir a Cristo redentor con generosidad
de alma y pureza de corazón. Su género de vida
bajo la dirección paternal de los superiores con la oportuna
cooperación de los padres, sea la que conviene a la edad,
espíritu y evolución de los adolescentes y conforme
en su totalidad a las normas de la sana psicología, sin
olvidar la adecuada experiencia segura de las cosas humanas
y la relación con la propia familia (6). Hay que acomodar
también al seminario menor todo lo que a continuación
se establece sobre los seminarios mayores, en cuanto convenga
a su fin y a su condición. Conviene que los estudios
se organicen de modo que puedan continuarlos sin perjuicio en
otras partes, si cambian de género de vida.
Con atención semejante han de fomentarse los gérmenes
de la vocación de los adolescentes y de los jóvenes
en los institutos especiales que, según las condiciones
del lugar, sirven también para los fines de los seminarios
Menores, lo mismo que los de aquellos que se educan en otras
escuelas y de más centros de educación. Promuévanse
cuidadosamente institutos y otros centros para los que siguen
la vocación divina en edad avanzada.
III. Organización
de los seminarios mayores
4. Los seminarios mayores son necesarios para la formación
sacerdotal. Toda la educación de los alumnos en ellos
debe tender a que se formen verdaderos pastores de almas a ejemplo
de Nuestro Señor Jesucristo, Maestro, Sacerdote y pastor (7),
prepárense, por consiguiente, para el ministerio de la
palabra: que entiendan cada vez mejor la palabra revelada de
Dios, que la posean con la meditación y la expresen en
su lenguaje y sus costumbres; para el ministerio del culto y
de la santificación: que, orando y celebrando las funciones
litúrgicas, ejerzan la obra de salvación por medio
del Sacrificio Eucarístico y los sacramentos; para el
ministerio pastoral: que sepan representar delante de los hombres
a Cristo, que, "no vino a ser servido, sino a servir y
dar su vida para redención de muchos" (Mc 10,45;
cf. Jn., 13,12-17), y que, hechos siervos de todos, ganen a
muchos (cf. 1 Cor 9,19). Por lo cual, todos los aspectos de
la formación, el espiritual, el intelectual y el disciplinar,
han de ordenarse conjuntamente a esta acción pastoral,
y para conseguirla han de esforzarse diligentes y concordemente
todos los superiores y profesores, obedeciendo fielmente a la
autoridad del obispo.
5. Puesto que la formación de los alumnos depende ciertamente
de las sabias disposiciones, pero, sobre todo, de los educadores
idóneos, los superiores y profesores de los seminarios
han de elegirse de entre los mejores (8), y han de prepararse diligentemente
con doctrina sólida, conveniente experiencia pastoral
y una formación espiritual y pedagógica singular.
Conviene, pues, que se promuevan institutos para conseguir este
fin o, por lo menos, hay que celebrar cursos oportunos y asambleas
de superiores de seminarios en tiempos preestablecidos.
Adviertan bien los superiores y profesores que de de su modo
de pensar y de su manera obrar depende en gran medida el resultado
de la formación de los alumnos; establezcan bajo la guía
del rector una unión estrechísima de pensamiento
y de acción, y formen con los alumnos tal familiar compenetración
que responda a la oración del Señor "que
sean uno", e inspire a los alumnos el gozo de sentirse
llamados. El obispo, por su parte, aliente con especial predilección
a los que trabajan en el seminario, y con los alumnos muéstrese
verdadero padre en Cristo. Finalmente, que todos los sacerdotes
consideren el seminario como el corazón de las diócesis
y le presten gustosa ayuda (9).
6. Investíguese con mucho cuidado, según la edad
y progreso en la formación de cada uno, acerca de la
rectitud de intención y libertad de los candidatos, la
idoneidad espiritual, moral e intelectual, la conveniente salud
física y psíquica, teniendo también en
cuanta las condiciones hereditarias. Considérese, además,
la capacidad de los alumnos para cumplir las cargas sacerdotales
y para ejercer los deberes pastorales (10).
En todo lo referente a la selección y prueba necesaria
de los alumnos, procédase siempre con firmeza de ánimo,
aunque haya que lamentarse de la escasez de sacerdotes (11), porque
Dios no permitirá que su Iglesia de ministros, si son
promovidos los dignos, y los no idóneos orientados a
tiempo y paternalmente a otras ocupaciones; ayúdese a
éstos para que, conocedores de su vocación cristiana,
se dediquen generosamente al apostolado seglar.
7. Donde cada diócesis no pueda establecer convenientemente
su seminario, eríjanse y foméntense los seminarios
comunes para varias diócesis, o para toda la región
o nación, para atender mejor a la sólida formación
de los alumnos, que en esto ha de considerarse como ley suprema.
Estos seminarios, si son regionales o nacionales, gobiérnense
según estatutos establecidos por los obispos interesados (12)
y aprobados por Sede Apostólica.
En los seminarios donde haya muchos alumnos, salva la unidad
de régimen y de formación científica, distribúyanse
los alumnos convenientemente en secciones menores para atender
mejor a la formación personal de cada uno.
IV. El cultivo intenso
de la formación espiritual
8. La formación espiritual ha de ir íntimamente
unida con la doctrinal y la pastoral, y con la cooperación,
sobre todo, del director espiritual (13); ha de darse de forma que
los alumnos aprendan a vivir en continua comunicación
con el Padre por su Hijo en el Espíritu santo. Puesto
que han de configurarse por la sagrada ordenación a Cristo
Sacerdote, acostúmbrense a unirse a él, como amigos,
en íntimo consorcio de vida (14). Vivan el misterio pascual
de Cristo de tal manera que sepan unificar en él al pueblo
que ha de encomendárseles. Enséñeseles
a buscar a Cristo en la meditación fiel de la palabra
de Dios, en la íntima comunicación con los sacrosantos
misterios de la Iglesia, sobre todo en la eucaristía
y en el oficio (15); en el obispo que los envía y en los hombres
a los que son enviados, especialmente en los pobres, en los
niños y en los enfermos, en los pecadores y en los incrédulos.
Amen y veneren con amor filial a la Virgen
María, que al morir Cristo Jesús en la cruz fue
entregada como madre al discípulo.
Cuídense diligentemente los ejercicios de piedad recomendados
por santa costumbre de la Iglesia; pero hay que procurar que
la formación espiritual no se ponga sólo en ellos,
ni cultive solamente el afecto religioso. Aprendan más
bien los alumnos a vivir según el modelo del evangelio,
a fundamentarse en la fe, en la esperanza y en la caridad, para
adquirir mediante su práctica el espíritu de oración (16),
robustecer y defender su vocación, obtener la solidez
de las demás virtudes y crecer en el celo de ganar a
todos los hombres para Cristo.
9. Imbúyanse los alumnos del misterio de la Iglesia,
expuesto principalmente por este sagrado Concilio, de suerte
que, unidos con caridad humilde y filial al Vicario de Cristo,
y, una vez ordenados sacerdotes, adheridos al propio obispo
como fieles cooperadores, y trabajando en unión con los
hermanos, den testimonio de aquella unidad, por la cual los
hombres son atraídos a Cristo (17). Acostúmbrense a
participar con corazón amplio en la vida de toda la Iglesia,
según las palabras de san Agustín : "En las
medida que cada uno ama a la Iglesia de Cristo, posee al Espíritu
santo (18) ". Entiendan los alumnos con toda claridad que no
están destinados al mando ni a los honores, sino que
se entregan totalmente al servicio de Dios y al ministerio pastoral.
Edúquense especialmente en la obediencia sacerdotal en
el ambiente de una vida pobre y en la abnegación (19) propia,
de forma que se acostumbren a renunciar ágilmente a lo
que es lícito, pero inconveniente, y asemejarse a Cristo
crucificado.
Expónganse a los alumnos las cargas que han de aceptar,
sin ocultarles la más mínima dificultad de la
vida sacerdotal; pero no se fijen únicamente en el aspecto
peligroso de su futuro apostolado, sino que han de formarse
para una vida espiritual que hay que robustecer al máximo
por la misma acción pastoral.
10. Los alumnos que, según las leyes santas y firmes
de su propio rito, siguen la venerable tradición del
celibato sacerdotal, han de ser educados cuidadosamente para
este estado, en que, renunciando a la sociedad conyugal por
el reino de los cielos, se unen al Señor con amor indiviso (20)
y, muy de acuerdo con el nuevo testamento, dan testimonio de
la resurrección en el siglo futuro (21), y consiguen de este
modo una ayuda aptísima para ejercitar constantemente
la perfecta caridad, con la que pueden hacerse todo para todos
en el ministerio sacerdotal (22). Sientan íntimamente con
cuanta gratitud han de abrazar ese estado no sólo como
precepto de la ley eclesiástica, sino como un don precioso
de Dios que han de alcanzar humildemente, al que han de esforzarse
en corresponder libre y generosamente con el estímulo
y la ayuda de la gracia del Espíritu santo.
Los alumnos han de conocer debidamente las obligaciones y la
dignidad del matrimonio cristiano que simboliza el amor entre
Cristo y la Iglesia; convénzanse, sin embargo, de la
mayor excelencia de la virginidad consagrada a Cristo (23), de forma
que se entreguen generosamente al Señor, después
de una elección seriamente premeditada y con entrega
total de cuerpo y alma.
Hay que avisarles de los peligros que acechan su castidad, sobre
todo en la sociedad de estos tiempos (24); ayudados con oportunos
auxilios divinos y humanos, aprendan a integrar la renuncia
del matrimonio de tal forma que su vida y su trabajo no sólo
no reciba menoscabo del celibato, sino más bien ellos
consigan un dominio más profundo del alma y del cuerpo
y una madurez más completa y capten mejor la felicidad
del evangelio.
11. Obsérvense exactamente las normas de la educación
cristiana, y complétense convenientemente con los últimos
hallazgos de la sana psicología y de la pedagogía.
por medio de una educación sabiamente ordenada hay que
cultivar también en los alumnos la necesaria madurez
humana, la cual se comprueba, sobre todo, en cierta estabilidad
de ánimo, en la facultad de tomar decisiones ponderadas
y en el recto modo de juzgar sobre los acontecimientos y los
hombres. Esfuércense los alumnos en moderar bien su propio
temperamento; edúquense en la reciedumbre de alma y aprendan
a apreciar, en general, las virtudes que más se estiman
entre los hombres y que hacen recomendables al ministro de Cristo (25),
como son la sinceridad de alma, la preocupación constante
por la justicia, la fidelidad en las promesas, la urbanidad
en el obrar, la modestia unida a la caridad en el hablar.
Hay que apreciar la disciplina del seminario no sólo
como defensa eficaz de la vida común y de la caridad,
sino como elemento necesario de toda la formación para
adquirir el dominio de sí mismo, para procurar la sólida
madurez de la persona y formar las demás disposiciones
del alma que ayudan decididamente a la labor ordenada y fructuosa
de la Iglesia. Obsérvese, sin embargo, la disciplina
de modo que se convierta en aptitud interna de los alumnos,
en virtud de la cual se acepta la autoridad de los superiores
por convicción interna o en conciencia, y por motivos
sobrenaturales. Aplíquense, no obstante, las normas de
la disciplina según la edad de los alumnos, de forma
que mientras aprenden poco a poco a gobernarse a sí mismos
se acostumbren a usar prudentemente de la libertad, a obrar
según la propia iniciativa (26)y responsabilidad y a colaborar
con los hermanos y los seglares. Toda la vida de seminario,
impregnada de afán de piedad y de gusto del silencio
y de preocupación por la mutua ayuda, ha de ordenarse
de modo que constituya una iniciación en la vida que
luego ha de llevar el sacerdote.
12. A fin de que la formación espiritual se fundamente
en razones verdaderamente sólidas, y los alumnos abracen
su vocación con elección madura y deliberada,
podrán los obispos establecer un intervalo conveniente
de tiempo para una formación espiritual más intensa.
A su juicio queda también ver la oportunidad de determinar
cierta interrupción en los estudios o disponer un conveniente
ensayo pastoral para atender mejor a la aprobación de
los candidatos al sacerdocio. También se deja a la decisión
de los obispos, según las condiciones de cada región,
poder retrasar la edad exigida al presente por el derecho común
para las órdenes sagradas, y resolver sobre la oportunidad
de establecer que los alumnos, una vez terminado el curso teológico,
ejerciten por un tiempo conveniente el orden del diaconado,
antes de ordenarse sacerdotes.
V. Revisión de
los estudios eclesiásticos
13. Antes de que los seminaristas emprendan los estudios propiamente
eclesiásticos, deben poseer una formación humanística
y científica semejante a la que necesitan los jóvenes
de su nación para iniciar los estudios superiores, y
deben, además adquirir tal conocimiento de la lengua
latina que puedan entender y usar las fuentes de muchas ciencias
y los documentos de la Iglesia (27). Téngase como obligatorio
en cada rito el estudio de la lengua litúrgica y foméntese,
cuanto más mejor, el conocimiento oportuno de las lenguas
de la Sagrada Escritura y de la Tradición.
14. En la revisión de los estudios eclesiásticos
hay que atender, sobre todo, a coordinar adecuadamente las disciplinas
filosóficas y teológicas, y que juntas tiendan
a descubrir más y más en las mentes de los alumnos
el misterio de Cristo, que afecta a toda la historia del género
humano, influye constantemente en la Iglesia y actúa,
sobre todo, mediante el ministerio sacerdotal (28).
Para comunicar esta visión a los alumnos desde los umbrales
de su formación, los estudios eclesiásticos han
de incoarse con un curso de introducción, prorrogable
por el tiempo que sea necesario. En esta iniciación de
los estudios propóngase el misterio de la salvación,
de forma que los alumnos se percaten del sentido y del orden
de los estudios eclesiásticos, y de su fin pastoral,
y se vean ayudados, al mismo tiempo, a fundamentar y penetrar
toda su vida de fe, y se confirmen en abrazar la vocación
con entrega personal y alegría del alma.
15. Las disciplina filosóficas hay que enseñarlas
de suerte que los alumnos se vean como llevados de la mano ante
todo a un conocimiento sólido y coherente del hombre,
del mundo y de Dios apoyados en el patrimonio filosófico
siempre válido (29), teniendo también en cuenta las
investigaciones filosóficas de los tiempos modernos sobre
todo las que influyen más en la propia nación,
y del progreso más reciente de las ciencias, de forma
que los alumnos, bien conocida la índole de la época
presente, se preparen oportunamente para el diálogo con
los hombres de su tiempo (30).
La historia de la filosofía enséñese de
modo que los alumnos, al mismo tiempo que captan las últimos
principios de los varios sistemas, retengan cuanto hay de probadamente
verdadero en ellos y puedan descubrir las raíces de los
errores y rebatirlos.
En el modo de enseñar infúndase en los alumnos
el amor de investigar la verdad con todo rigor, de respetarla
y demostrarla juntamente con la honrada aceptación de
los límites del conocimiento humano. Atiéndase
cuidadosamente a las relaciones entre la filosofía y
los verdaderos problemas de la vida, y las cuestiones que preocupan
a las almas de los alumnos, y ayúdeseles también
a descubrir los nexos existentes entre los argumentos filosóficos
y los misterios de la salvación que, en la teología
superior, se consideran a la luz de la fe.
16. Las disciplinas teológicas han de enseñarse
a la luz de la fe y bajo la guía del magisterio de la
Iglesia (31), de modo que los alumnos deduzcan cuidadosamente la
doctrina católica de la Divina Revelación; penetren
en ella profundamente, la conviertan en alimento de la propia
vida espiritual (32), y puedan en su ministerio sacerdotal anunciarla,
exponerla y defenderla.
Fórmense con diligencia especial los alumnos en el estudio
de la Sagrada Escritura, que debe ser como el alma de toda la
teología (33); una vez antepuesta una introducción
conveniente, iníciense con cuidado en el método
de la exégesis, estudien los temas más importantes
de la Divina Revelación, y en la lectura diaria y en
la meditación de las Sagradas Escrituras reciban su estímulo
y su alimento (34).
Ordénese la teología dogmática de forma
que, ante todo, se propongan los temas bíblicos; expóngase
luego a los alumnos la contribución que los padres de
la Iglesia de oriente y de Occidente han aportado en la fiel
transmisión y comprensión de cada una de las verdades
de la Revelación, y la historia posterior del dogma,
considerada incluso en relación con la historia general
de la Iglesia (35); aprendan luego los alumnos a ilustrar los misterios
de la salvación, cuanto más puedan, y comprenderlos
más profundamente y observar sus mutuas relaciones por
medio de la especulación, siguiendo las enseñanzas
de santo Tomás (36); aprendan también a reconocerlos
presentes y operantes en las acciones litúrgicas (37)y en
toda la vida de la Iglesia; a buscar la solución de los
problemas humanos bajo la luz de la revelación; a aplicar
las verdades eternas a la variable condición de las cosas
humanas, y a comunicarlas en modo apropiado a los hombres de
su tiempo (38).
Renuévense igualmente las demás disciplinas teológicas
por un contacto más vivo con el misterio de Cristo y
la historia de la salvación. Aplíquese un cuidado
especial en perfeccionar la teología moral, cuya exposición
científica, más nutrida de la doctrina de la Sagrada
Escritura, explique la grandeza de la vocación de los
fieles en Cristo, y la obligación que tienen de producir
su fruto para la vida del mundo en la caridad. De igual manera,
en la exposición del derecho canónico y en la
enseñanza de la historia eclesiástica, atiéndase
al misterio de la Iglesia, según la Constitución
dogmática De Ecclesia, promulgada por este sagrado Concilio.
La sagrada liturgia, que ha de considerarse como la fuente primera
y necesaria del espíritu verdaderamente cristiano, enséñese
según el espíritu de los artículos 15 y
16 de la Constitución sobre la sagrada liturgia (39).
Teniendo bien en cuenta las condiciones de cada región,
condúzcase a los alumnos a un conocimiento completo de
las Iglesias y Comunidades eclesiales separadas de la sede apostólica
romana, para que puedan contribuir a la restauración
de la unidad entre todos los cristianos que ha de procurarse
según las normas de este sagrado Concilio (40).
Introdúzcase también a los alumnos en el conocimiento
de las otras religiones más extendidas en cada región,
para que puedan conocer mejor lo que por disposición
de Dios, tienen de bueno y de verdadero para que aprendan a
refutar los errores y puedan comunicar la luz plena de la verdad
a los que carecen de ella.
17. Como la instrucción doctrinal no debe tender únicamente
a la comunicación de ideas, sino a la formación
verdadera e interior de los alumnos, han de revisarse los métodos
didácticos, tanto por lo que se refieren a las explicaciones,
coloquios y ejercicios, como en lo que mira a promover el estudio
de los alumnos, en particular o en equipos. Procúrese
diligentemente la unidad y la solidez de toda la formación,
evitando el exceso de asignaturas y de clases y omitiendo los
problemas carentes de interés o que pertenecen a estudios
más elevados propios de la universidad.
18. Los obispos han de procurar que los jóvenes aptos
por su carácter, su virtud y su ingenio sean enviados
a institutos especiales, facultades o universidades, para que
se preparen sacerdotes, instruidos con estudios superiores,
en las ciencias sagradas y en otras que juzgaran oportunas,
a fin de que puedan satisfacer las diversas necesidades del
apostolado; pero no se desatienda en modo alguno su formación
espiritual y pastoral, sobre todo si aún no son sacerdotes.
VI. El fomento de la
formación estrictamente pastoral
19. La preocupación pastoral que debe informar enteramente
la educación de los alumnos (41)exige también que
sean instruidos diligentemente en todo lo que se refiere de
manera especial al sagrado ministerio, sobre todo en la catequesis
y en la predicación, en el culto litúrgico y en
la administración de los sacramentos, en las obras de
caridad, en la obligación de atender a los que yerran
o no creen, y en los demás deberes pastorales. Instrúyaseles
cuidadosamente en el arte de dirigir las almas, a fin de que
puedan conformar a todos los hijos de la Iglesia a una vida
cristiana totalmente consciente y apostólica, y en el
cumplimiento de los deberes de su estado; aprendan con igual
cuidado a ayudar a los religiosos y religiosas para que perseveren
en la gracia de su propia vocación y progresen según
el espíritu de los diversos institutos (42).
En general, cultívese en los alumnos las cualidades convenientes,
sobre todo las que se refieren al diálogo con los hombres,
como son la capacidad de escuchar a otros y de abrir el alma
con espíritu de caridad ante las variadas circunstancias
de las relaciones humanas (43).
20. Enséñeseles también a usar los medios
que pueden ofrecer las ciencias pedagógicas, o psicológicas,
o sociológicas (44), según los métodos rectos
y las normas de la autoridad eclesiástica. Instrúyaseles
también para suscitar y favorecer la acción apostólica
de los seglares (45), y para promover las varias y más eficaces
formas de apostolado, y llénense de un espíritu
tan católico que se acostumbren a traspasar los límites
de la propia diócesis o nación o rito y ayudar
a las necesidades de toda la Iglesia, preparados para predicar
el evangelio en todas partes (46).
21. Y siendo necesario que los alumnos aprendan a ejercitar
el arte del apostolado no sólo en la teoría, sino
también en la práctica, que puedan trabajar con
responsabilidad propia y en unión con otros, han de iniciarse
en la práctica pastoral durante todo el curso y también
en las vacaciones por medio de ejercicios oportunos; éstos
deben realizarse metódicamente y bajo la dirección
de varones expertos en asuntos pastorales, de acuerdo con la
edad de los alumnos, y en conformidad con las condiciones de
los lugares, de acuerdo con el prudente juicio de los obispos,
teniendo siempre presente la fuerza poderosa de los auxilios
sobrenaturales (47).
VII. Perfeccionamiento
de la formación después de los estudios
22. La formación sacerdotal, sobre todo en las condiciones
de la sociedad moderna, debe proseguir y completarse aun después
de terminados los estudios en el seminario (48). Por ello, las Conferencias
episcopales podrán en cada nación servirse de
los medios más aptos, como son los institutos pastorales
que cooperan con parroquias oportunamente elegidas, las Asambleas
reunidas en tiempos determinados, los ejercicios apropiados,
con cuyo auxilio el clero joven ha de introducirse gradualmente
en la vida sacerdotal y en la vida apostólica bajo el
aspecto espiritual, intelectual y pastoral, y renovarlas y fomentarlas
cada vez más.
CONCLUSIÓN
Los padres de este sagrado Concilio, prosiguiendo la obra comenzada
por el Concilio de Trento, mientras confían a los superiores
y profesores de los seminarios el deber de formar a los futuros
sacerdotes de Cristo en el espíritu de renovación
promovido por este santo Concilio, exhortan ardientemente a
los que se preparan para el ministerio sacerdotal que consideren
cómo en ellos se deposita la esperanza de la Iglesia
y la salvación de las almas, reciban, pues, amorosamente
las normas de este Decreto, de forma que lleguen a producir
frutos ubérrimos que permanezcan para siempre.
Todas y cada una de las cosas contenidas en este Decreto han
obtenido el beneplácito de los padres del sacrosanto
Concilio. Y Nos, en virtud de la potestad apostólica
recibida de Cristo, juntamente con los Venerables padres, las
aprobamos, decretamos y establecemos en el Espíritu santo,
y mandamos que lo así decidido conciliarmente sea promulgado
para gloria de Dios.
Roma, en san Pedro,
28 de octubre de 1965.
Yo, Pablo, obispo de la Iglesia católica.
NOTAS:
1. Que la perfección de todo el pueblo de Dios -por voluntad de Cristo mismo- depende principalmente del ministerio de los sacerdotes, consta por las palabras con que el Señor constituyó a los apóstoles y a sus sucesores y cooperadores como heraldos del evangelio, guías elegidos del nuevo Pueblo y dispensadores de los misterios de Dios; lo mismo está confirmado por la doctrina de los padres y de los santos, así como por los reiterados documentos de los sumos pontífices. Cf., ante todo: S. Pius X, exh. HA l. c., 237-264. Pius XI, e. CS l. c., 37-52. Pius XII, exh. MN l. c., 657-702. Ioannes XXIII, e. SN l. c., 545-579. Paulus VI, Ep. Ap. Summi Dei Verbum 4 nov. 1963 AAS 55 (1963) 979-995.
2. Toda la formación sacerdotal, esto es, la organización del seminario, la formación espiritual, el plan de estudios, la vida común y la disciplina de los alumnos, los ejercicios pastorales, han de adaptarse a las distintas circunstancias de los lugares. Esta adaptación, en sus principios generales, debe hacerse según normas generales: éstas han de establecerse en las Conferencias de obispos, y, en la forma que proceda, por los competentes Superiores para el clero regular. Cf. S. C. de Rel., const. ap. Sedes Sapientiae c. adn. Stat. Gen., a. 19: 2a. ed., Romae 1957. p. 38 s.
3. Entre las principales preocupaciones, actualmente, de la Iglesia -en todas partes- figura especialmente la escasez de vocaciones. Cf. Pius XII, exh. MN: "el número de los sacerdotes -así en las naciones católicas como en las tierras de misión- son plenamente insuficientes para las necesidades crecientes sin cesar". Ioannes XXIII: "El problema de las vocaciones eclesiásticas y religiosas es la cotidiana preocupación del Papa..., es el anhelo de su oración, es la ardiente aspiración de su alma" (Ex Alloc. ad I Congr. Intern. de Vocationibus ad Status Perfectionis" 16 dec. 1961 AAS 54 (1962) 33.
4. Pius XII, Const. Ap. Sedes Sapientiae 31 mai. 1956 AAS 48 (1956) 357. Paulus VI, ep. Summi D. V. l. c., 984 s.
5. Cf. sobre todo: Pius XII, Motu pr. Cum nobis "de Pontificio Opere Vocationum Sacerdotalium apud S. Congr. Seminariis et Studiorum Universitatibus praepositam constituendo", 4 nov. 1941 AAS 33 (1941) 479, cum adnexis Statutis et Normis ab eadem S. Congr. promulgatis die 8 sept. 1943. Motu pr. Cum supremae "de Pontificio Opere primario religiosarum vocationum" 11 febr. 1955 AAS 47 (1955) 266, cum adnexis Statutis et Normis a S. Congr. de Religiosis promulgatis (ibid., 298-301); Conc. Vat. II, d. PC 24; d. CD 15.
6. Cf. Pius XII, exh. MN l. c., 685.
7. Cf. Conc. Vat. II, c. d. LG 28 l. c., 34.
8. Cf. Pius XI, e. CS l. c., 37: "Ante todo, se debe hacer con mucho miramiento la elección de superiores y maestros... Dad a vuestros seminarios los mejores sacerdotes, sin reparar en quitarlos de cargos aparentemente más importantes, pero que, en realidad, no pueden ponerse en parangón con esa obra capital e insustituible". Principio (el de escoger a los mejores), que reitera Pío XII en sus Litt. Ap. ad Ordinarios Brasiliae..., 23 apr. 1947 DR 9, 579-580.
9. De la obligación que todos tienen, de ayudar a los seminarios, cf. Paulus VI, ep. ap. SDV l. c., 984.
10. Cf. Pius XII, exh. MN l. c., 684; et cf. S. Congr. de Sacramentis, Litt. circulares Magna equidem ad locorum Ordinarios 27 dec. 1935, n. 10. Pro religiosis cf. Statuta Generalia, ya cit. (Sedes Sapientiae) l. c., 33. Paulus VI ep. cit. SDV l. c., 987 s.
11 Cf. Pius XI, e. ACS l. c., 41.
12. Se establece que, en la formación de los estatutos para seminarios regionales o nacionales, tomen parte todos los obispos a quienes interesa, derogándose el cn. 1357 **** 4 C.I.C.
13. Cf. Pius XII, exh. MN l. c., 674; S. Congr. de Sem. et Stud. Univ., La Formazione spirituale del candidato al sacerdozio, Citta d. Vat., 1965.
14. Cf. S. Pius X, exh. HA l. c., 242-244; Pius XII, exh. MN l. c., 659-661; Ioannes XXIII, e. SN l. c., 550 s.
15. Cf. Pius XII, e. MD l. c., 547 s. et 572 s.; Ioannes XXIII, Adh. Ap. Sacrae Laudis 6 ian. 1962 AAS 54 (1962) 69; Conc. Vat. II, c. SC 16 et 17, l. c., 104 s.; S. C. Rit., Instructio ad exsecutionem Const. de Sacra Lit. recte ordinandam 26 sept. 1964, 14-17 AAS 56 (1964) 880 s.
16. Cf. Ioannes XXIII, e. SN l. c., 559 s.
17. Cf. Conc. Vat. II, c. d. LG 28 l. c., 35 s.
18. S. Aug., In Io. tr. 32, 8 PL 35, 1646.
19. Cf. Pius XII, exh. MN l. c., 662 s., 685, 690; Ioannes XXIII, e. SN l. c., 551-553, 556 s.; Paulus VI, e. ES l. c., 634 s.; Conc. Vat. II, c. d. LG, principalmente n. 8, l. c., 12.
20. Cf. Pius XII, e. SV l. c., 165 s.
21. Cf. S. Cypr. De habitu virginum 22 PL 4, 475; S. Ambr. De virginibus 1, 8, 52 PL 16, 202 s.
22. Cf. Pius XII, exh. MN l. c., 663.
23. Cf. Pius XII, e. SV l. c., 170-174.
24. Cf. Pius XII, exh. MN l. c., 664 et 690 s.
25. Cf. Paulus VI, ep. SDV cit., l. c., 991.
26. Cf. Pius XII, exh. MN l. c., 686.
27. Cf. Paulus VI, ep. cit. SDV l. c., 993.
28. Cf. Conc. Vat. II, c. d. LG 7 et 28, l. c. 9-11; 33.
29 Cf. Pius XII, e. HG l. c., 571-575.
30. Cf. Paulus VI, e. ES l. c., 637 s.
31. Cf. Pius XII, e. HG l. c., 567-569; Allocutio Si diligis 31 mai. 1954 AAS 46 (1954) 314 s.; Paulus VI, Allocutio in Gregoriana Pot. Stud. Universitate hab. d. 12 mart. 1964 AAS 56 (1964) 364 s.; Conc. Vat. II, c. d. LG 25, l. c., 29-31.
32. Cf. S. Bonaventura, Itinerarium mentis in Deum prol., n. 4: "(Nemo) credat quod sibi sufficiat lectio sine unctione, speculatio sine devotione, investigatio sine admiratione, circumspectio sine exsultatione, industria sine pietate, scientia sine charitate, intelligentia sine humilitate, studium sine divina gratia, speculum absque sapientia divinitus inspirata" (S. Bonaventura, Opera omnia, V. Quaracchi, 1891, p. 296*. * [Traducimos: "(Nadie) crea que le basta la lectura [ cátedra: explicación ] sin la unción, la especulación sin la devoción, la investigación sin la admiración, la observación sin la alegría, la actividad sin el celo divino, la ciencia sin la caridad, la inteligencia sin la humildad, el estudio sin la divina gracia, el conocimiento reflejado sin la sabiduría divinamente inspirada". Hemos traducido " speculum " por "conocimiento reflejado", conforme a la teoría del Itinerarium.- Véase en nuestra Introducción (números romanos)].
33. Cf. Leo XIII Encycl. Providentissimus Deus 18 nov. 1893 ASS 26 (1893-1894) 283.
34 Cf. Pont. Commissio de Re Biblica Instructio de Sacra Scriptura recte docenda 13 mai. 1950 AAS 42 (1950) 502.
35. Cf. Pius XII, e. HG l. c., 568 s.: "... con el estudio de las fuentes sagradas se rejuvenecen continuamente las sagradas ciencias, mientras que, por lo contrario, una especulación que deja ya de investigar el depósito de la fe, se hace estéril, como vemos por experiencia".
36. Cf. Pius XII, Sermo ad Alumnos seminariorum, 24 iun. 1939 AAS 31 (1939) 247: "La emulación ... en buscar y propagar la verdad no queda suprimida por la recomendación de la doctrina de santo Tomás; crece más bien y siempre dirigida con toda seguridad". Paulus VI Allocutio in Gregoriana Pont. Studiorum Univ. habita 12 martii 1964 AAS 56 (1964) 365: "[Los maestros]... escuchen con reverencia la voz de los doctores de la Iglesia, entre los cuales ocupa el principal lugar el santo de Aquino; porque tanto es el vigor de su mente, tan sincero el amor a la verdad, y tanta la sabiduría en investigar las verdades más profundas, en aclararlas y en concordarlas con el más estrecho vínculo de la unidad, que su doctrina no sólo es el más eficaz instrumento para colocar en seguro lugar los fundamentos de la Fe, sino también para captar con provecho y seguridad los frutos del progreso". Cf. et. Allocutio coram VI Congr. Intern. Thomistico 10 sept. 1965: AAS (1965) 788-792.
37. Cf. Conc. Vat. II, c. SC 7 et 16, l. c., 100 s. 104 s.
38. Cf. Paulus VI, e. ES l. c., 640 s.
39. Conc. Vat. II, c. SC 10. 14. 15. 16; S. C. Rituum Instructio ad exsecutionem Constitutionis de Sacra liturgia recte ordinandam cit., l. c., 879 s.
40. Cf. Conc. Vat. II, d. UR 1. 9. 10 AAS 57 (1965) 90 et 98 s.
41. La imagen perfecta del pastor puede deducirse de los documentos -de los más recientes pontífices- que tratan de la vida, dotes y formación de los sacerdotes; principalmente: S. Pius X, exh. HA cit. c., 237 s. Pius XI, e. ACS cit., l. c., 5 s's. Pius XII, exh. MN cit., l. c., 979 s's. Ioannes XXIII, e. SN cit., l. c., 545 s's. Paulus VI, ep. SDV l. c. 979 s's. Sobre la formación pastoral se hallan no pocas cosas también en la e. MC (1943), MD (1947), EP (1951), SV (1954), MSD (1955), PP (1959), así como en la Const. Apost. Sedes Sapientiae (1956) para los religiosos. Pío XII, Juan XXIII y Pablo VI, en sus alocuciones a seminaristas y sacerdotes, han ilustrado también muchas veces la figura del buen pastor.
42. De la importancia del estado, constituido por la profesión de los consejos evangélicos cf. Conc. Vat. II, c. d. LG cap. VI, l. c., 49-53; d. PC.
43. Cf. Paulus VI, e. ES cit. passim, principalmente, l. c., 635 s., 640 s.
44. Cf., ante todo, Ioannes XXIII, e. MM cit., l. c., 401 s.
45. Cf. principalmente Conc. Vat. II, c. d. LG 33, l. c., 39.
46. Cf. Conc. Vat. cit., c. d. cit., 17, l. c., 20 s.
47. Muchos documentos de los Pontífices previenen contra el peligro de -dentro de la actuación pastoral- descuidar el fin sobrenatural y, por lo menos, estimar en poco, prácticamente, los auxilios sobrenaturales; cf., ante todo, los docs. cits. en la nota 41.
48. Los más recientes documentos de la S. Sede sobre los neosacerdotes insisten en que hay que tener un especial cuidado de los neosacerdotes. Merecen recordarse, sobre todo: Pius XII, Motu pr. Quandoquidem 2 april. 1949 AAS 41 (1949) 165-167; exh. MN l. c.; Const. Apost., ya cit. (pro Religiosis), Sedes Sapientiae et Statuta Generalia adnexa; Allocutio ad sacerdotes "Convictus Barcinonensis" 14 iunii 1957 DR 19, 271-273. Paulus VI, Allocutio coram sacerdotibus Instituti "Gian Matteo Giberti" dioec. Veronensis, 11 mart. 1964: Oss. Rom. 13 marz. 1964. |
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